Puede ser un desafío seguir trabajando cuando tiene fibromialgia (FMS) o síndrome de fatiga crónica (CFS o ME/CFS). La Ley de Estadounidenses con Discapacidades (ADA, por sus siglas en inglés) está diseñada para proteger su derecho al empleo al exigir que la mayoría de los empleados realicen cambios, llamados «ajustes razonables», para ayudarlo a seguir trabajando.

¿Qué es la Ley de Estadounidenses con Discapacidades?

La ADA requiere que los empleadores con 15 o más empleados proporcionen adaptaciones razonables para las personas que cumplan con los criterios de discapacidad, siempre que hacerlo no suponga una dificultad excesiva para la empresa. La ley proporciona definiciones de discapacidad basadas más en la gravedad de los síntomas que en diagnósticos específicos.

¿Quién califica como discapacitado?

Tener una enfermedad crónica como FMS o ME/CFS no lo califica automáticamente como discapacitado. Para ser considerado discapacitado según la ADA, debe:

El alcance de lo que se considera una «actividad principal de la vida» se amplió el 1 de enero de 2009. La ADA proporciona dos listas: una de las habilidades básicas y otra de las principales funciones corporales.

Las habilidades básicas incluyen, pero no se limitan a:

  • cuidar de uno mismo
  • Realización de tareas manuales
  • Vidente
  • Audiencia
  • Comiendo
  • Durmiendo
  • Caminando
  • De pie
  • Levantamiento
  • Doblado
  • Discurso
  • Respiración
  • Aprendiendo
  • Lectura
  • concentrando
  • Pensamiento
  • Comunicado
  • Laboral

Las principales funciones corporales incluyen, pero no se limitan a:

  • Funciones del sistema inmune
  • Crecimiento celular normal
  • Funciones digestivas, intestinales, vesicales, neurológicas, cerebrales, respiratorias, circulatorias, endocrinas y reproductivas.

La enmienda de 2009 especifica que estos impedimentos no necesitan ser evidentes al mirar o hablar con alguien. También lo cubre cuando sus síntomas están en remisión, siempre que se le considere discapacitado cuando los síntomas estaban activos. Esto es especialmente útil para las personas con FMS y ME/CFS que experimentan brotes y remisiones.

¿Qué es el Acomodo Razonable?

Si califica como discapacitado según la ADA, tiene derecho a solicitar adaptaciones razonables a su empleador. (Recuerde que esto solo se aplica a empresas con más de 15 empleados y no puede crear una dificultad excesiva para la empresa).

Una adaptación razonable es cualquier cambio en su trabajo o entorno de trabajo que le brinde igualdad de acceso al empleo. Los ejemplos de adaptaciones razonables para los síntomas de FMS o ME/CFS pueden incluir:

  • Horarios de trabajo a tiempo parcial o modificados
  • Cambio de exámenes, materiales de capacitación o políticas
  • Proporcionar instrucciones escritas, en lugar de verbales.
  • Reasignación a un puesto vacante
  • Licencia médica
  • Trabajar desde casa
  • Un puesto de trabajo más ergonómico
  • Iluminación regulable
  • Reubicación de una estación de trabajo a una ubicación más apropiada (es decir, más tranquila, más cálida, más cerca de las entradas).

Depende de usted, no de su empleador, decidir qué adaptaciones lo ayudarían a hacer mejor su trabajo.

Hablar con su empleador

La ADA no requiere una reunión formal o una solicitud por escrito cuando habla con su empleador sobre adaptaciones razonables; todo lo que tiene que hacer es tener una conversación en la que le informe a su empleador sobre su condición y discuta qué tipo de adaptaciones lo ayudarían. . Es una buena idea tomar notas, guardar los correos electrónicos pertinentes y anotar las fechas en las que hable sobre los problemas de la ADA.

Una vez que haya hablado con su empleador sobre las adaptaciones apropiadas, depende de la empresa proporcionar esas adaptaciones, siempre que no causen una dificultad excesiva.

Obteniendo ayuda

Para obtener más información sobre las adaptaciones en el trabajo y la ADA, puede comunicarse con el Red de alojamiento laboral (ENE).

Si siente que está siendo discriminado o que se le niegan sus derechos bajo la ADA, comuníquese con la Comisión de Igualdad de Oportunidades en el Empleo local o llame al número nacional: 1-800-669-4000 (TTD: 1-800-669-6820).

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